Presentar oposición a acuerdo de la Junta de la Comunidad de Propietarios

Consulta de Dulce realizada el 04 de abril del 2019

Buenos días:

Quiero manifestar mi oposición al acuerdo de la Comunidad de la prohibición de que existan apartamentos turísticos.
Yo asistí a la Junta y voté en contra, pero me fui antes de que acabara dicha Junta y mi voto no se computó.
Recibí por correo electrónico el acta de dicha Junta el día 11 de Marzo y el día 15 el acta subsanada.
¿Qué fecha tengo que tener en cuenta para oponerme en plazo, el día 11 o el día 15?.

Muchas gracias y un saludo,

Consulta jurídica de Propiedad horizontal: Comunidad de vecinos (Civil) en Madrid

Respuestas

Imagen de Rebeca
Respuesta de Rebeca el 05 de abril del 2019

Estimada Dulce para tu oposición debes valorar varios aspectos:
PRIMERO: CONSULTA EL TÍTULO CONSTITUTIVO Y, EN SU CASO, LOS ESTATUTOS DE TU COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.Si tienes una vivienda ubicada en un edificio en régimen de propiedad horizontal (comunidad de propietarios) y la destinas o vas a destinarla a alquiler turístico antes de iniciar la actividad deberás comprobar que las normas comunitarias no prohíben o limitan el alquiler turístico. Las normas comunitarias a las que me refiero son la Escritura de División Horizontal o Título Constitutivo de la finca y los Estatutos de la comunidad de propietarios.

La Escritura de División Horizontal siempre existirá. Sería algo así como la partida de nacimiento del edificio. En cambio, los Estatutos de la comunidad de propietarios, pueden o no existir. Ello dependerá del promotor cuando construyó el edificio. Para comprobarlo deberás acudir al Registro de la Propiedad donde tengas tu vivienda turística y solicitar una Nota Simple de dichos documentos. También puedes hacer la correspondiente consulta telemática.
SEGUNDO: CONOCE LO QUE DICE TU COMUNIDAD AUTÓNOMA SOBRE EL ALQUILER TURÍSTICO DENTRO DE LAS COMUNIDADES DE VECINOS. Además, dependiendo de la Comunidad Autónoma donde se encuentre tu alojamiento turístico, tendrás que cumplir una serie de requisitos relacionados con las comunidades de propietarios.
Estos requisitos se encuentran en las diferentes normativas de turismo autonómicas:en su caso el de Madrid.

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