Duda sobre herencia
Mi madre ha fallecido y mi madre dejó testamento. La cuestión es que tienen dos bienes inmuebles, uno de ellos en gananciales y otro que es un apartamento en la playa donde figuramos los cuatro en escrituras. Es decir, mis padres, mi hermana y yo. La cuestión es que a mi en testamento me han dejado solo la parte legítima, pero mi padre piensa darme solo lo correspondiente a una de las casas. El apartamento de la playa lo quiere dejar fuera porque dice que al estar los cuatro en escrituras, no hace falta meterlo en testamento. Que cuando lo venda ya me dará mi parte. Creo que lo hace por ahorrarse gastos de escrituras o de plusvalia del apartamento de la playa, no lo sé. la cuestion es que no sé si lo puede hacer y si lo hace, como afectaría a la parte que me corresponde o que diferencia existe entre ponerlo en la herencia o no ponerlo. Muchas gracias
Consulta jurídica de Civil en Madrid
Respuestas
Hola. Si tu madre era copropietaria del apartamento en la playa, al fallecer, una cuarta parte de dicho apartamento forma parte de la masa hereditaria. A dicha parte habría que sumar el 50 % del piso consecuencia del fallecimiento de tu madre.
Un saludo
No es una elección, si formaba parte de la herencia debe repartirse. No solo figurara así en la Escritura sino que probablemente así estará también en el Registro de la Propiedad. Por tanto habrá que tramitar la testamentaria y pagar los impuestos a Hacienda, que solo hay seis meses para hacerlo. Si quiere contacte con nosotros y le ayudamos en todo.
Abogados en Madrid
Jesús Pando Díaz
Abogado en Madrid (Madrid)
Julio Menendez Gutierrez
Abogado en Madrid (Madrid)
Javier Padilla Pleite
Abogado en Alcorcón (Madrid)
Bufetes de abogados en Madrid
Pando Abogados
Bufete en Madrid (Madrid)
Caley Abogados
Bufete en Madrid (Madrid)
QUIROGA & ASOCIADOS ABOGADOS
Bufete en Madrid (Madrid)
Inicia sesión para responder
Si aún no estás registrado
Para abogados que quieren hacer marketing jurídico y promocionar su CV digital (Obligatorio tener número de colegiado en al menos un Colegio de Abogados de España)
Para bufetes de abogados con uno o varios abogados especialistas con nombre comercial, se recomienda tener página web y logo. Se pueden añadir tantos abogados como se desee.