Deuda tarjeta . El titular fallecido
Mi padre falleció hace 7 años había deuda tarjetas de crédito.que no están pagadas. No hemos arreglado nada de la herencia aún..
Económicamente no nos podemos hacer cargo de las deudas.que puede pasar.
Puede llegar cartas del juzgado a su nombre citando para juicio?
Consulta jurídica de Civil en Madrid (Madrid)
Respuestas
Estimado Alejandro,
En este caso tienen dos opciones. Por un lado, si esas deudas son superiores a al legado de su padre podrían renunciar a la herencia. De esa manera no heredarían las deudas pero tampoco la parte positiva de la herencia.
Otra opción a la que podrían acogerse es la herencia a beneficio de inventario. Es obligatorio solicitarlo en los primeros 10 días a partir de saberse heredero. Como indica que han pasado 7 años desde el fallecimiento, habría que confirmar que efectivamente pudieran hacer uso de esta opción. Esta fórmula permite a los herederos no tener que hacer frente a las deudas con su patrimonio, sino que se pagan las cuentas pendientes a los acreedores con los bienes que el fallecido tenía, y todo aquello que sobrare, se repartiría entre aquellos herederos que tuvieren derecho al legado. De esta manera, las deudas se saldaría con la propia herencia, y los herederos no asumirían ningún riesgo en cuanto a su patrimonio. Solo indicarle que si decidieran esta última opción, es necesario hacerlo ante notario o mediante escrito al juezPágina web bloqueada necesario además hacer un inventario de todos los bienes a cargo de un administrador.
Si decidieran que ésta última opción les podría interesar, coméntemelo y lo estudiamos.
Abogados en Madrid
IGNACIO JAVIER García Ares
Abogado en Madrid (Madrid)
Mª José Acosta García
Abogada en Madrid (Madrid)
Esperanza Palacio Muñoz
Abogada en Madrid (Madrid)
Bufetes de abogados en Madrid
FUENTE HITA ABOGADOS
Bufete en Alcorcón (Madrid)
Rey & Peña Abogados
Bufete en (Todas las provincias)
SLX ABOGADOS
Bufete en Madrid (Madrid)
Inicia sesión para responder
Si aún no estás registrado
Para abogados que quieren hacer marketing jurídico y promocionar su CV digital (Obligatorio tener número de colegiado en al menos un Colegio de Abogados de España)
Para bufetes de abogados con uno o varios abogados especialistas con nombre comercial, se recomienda tener página web y logo. Se pueden añadir tantos abogados como se desee.