Pago de deuda contraida por cliente a favor de mi padre

Consulta de Álvaro Del Pino realizada el 26 de septiembre del 2018

Deuda contraída con mi padre ya fallecido, pero el deudor firma reconocimiento de la misma en la cual especifica el pago mensual de 300 E mensuales de los cuales ya no se hace cargo.
¿como podría obligarlo a devolverme la cantidad de la deuda mas los intereses?

Consulta jurídica de Otros (Civil) en Madrid

Respuestas

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Respuesta de LUIS INSUA MEIRÁS el 12 de diciembre del 2019

Deberá usted acreditar su condición de heredero y haber aceptado la herencia de su padre. Con el reconocimiento de deuda puede usted plantear en el Juzgado una demanda de Procedimiento Monitorio acompañando como prueba el documento de reconocimiento de deuda.Si una vez requerido por el Juzgado para el pago no lo hace o no contesta, tendrá que presentar una demanda de ejecución. En el supuesto de que el deudor conteste, la reclamación se transformará se transformará en otro procedimiento en función de la cuantía de lo adeudado. Si bien inicialmente no es precisa la intervención de Abogado, posteriormente sí será necesaria por lo que, le aconsejo que contacte con un Abogado directamente desde el principio

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