DECLARACIÓN DE HEREDEROS

Consulta de Mercedes realizada el 11 de febrero del 2019

Acaba de fallecer mi padre con 944 años. Tiene testamento y deja todo en ususfructo universal a mi madre y herederos a mi hermano y a mi. Mi madre tiene 91 años.
¿Que tramites legales tenemos que hacer obligatoriamente y cuales no? Teniendo en cuenta que mi madre es muy mayor, ¿Que deberíamos hacer para evitar los mismos gastos cuando ella fallezca?.

Muchas gracias y un saludo.

Consulta jurídica de Civil en Madrid

Respuestas

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Respuesta de Antonio el 11 de febrero del 2019

Hola. Tenéis un plazo de seis meses (prorrogable por otros seis meses) para liquidar la herencia en la Comunidad de Madrid. Tendréis que ir al notario para redactar el cuaderno particional y realizar las adjudicaciones hereditarias. Somo expertos en estos temas y podemos ayudarte.
Un saludo

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Respuesta de Esther el 11 de febrero del 2019

Dada la edad de su madre y salvo que haya dinero en cuenta no procedería duplicar el gasto ahora el gasto por su padre y posteriormente por su madre en cuanto a las operaciones particionales,se debe presentar el impuesto de sucesiones ante la comunidad de madrid teniendo un plazo de seis meses para ello y liquidar la plusvalía municipal dentro del mismo plazo, aunque no haga las operaciones particionales.Para mas asesoramiento pongase en contacto con nosotros

Imagen de Julio
Respuesta de Julio el 13 de febrero del 2019

LO inminente es pagar a hacienda, en el plazo de seis meses. Si no pueden tener sanciones. Lo demas es accesorio si no tienen prisa en cobrar. Pero se deberia aceptar la herencia, disolver sociedad de ganaciales (en su caso) y repartir los bienes mediante adjudicaciones concretas.

Llamenos y le asesoramos en todo, y le decimos que es lo que debe hacer urgentemente y que puede esperar

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