BIENES PROCEDENTES DE HERENCIA.
Tenemos una declaración de herederos en escritura publica otorgada 20 Dic 2017 con acta de notoriedad del notario y certificación catastral descriptiva y gráfica de bienes (una casa rustica y dos terrenos rústicos en provincia de Cáceres) sin titulo formal de adquisición. Hay un tercero ajeno a las posesiones interesado en su compra.
Con estos documentos mas un contrato de compraventa privado o extinción de condominio a favor de uno de los herederos interesado en su posible compra, se puede escriturar a nombre del comprador e inmatricular en registro de la propiedad, mediante la denominada inmatriculación por doble titulo (ahorrandonos coste económico y trámites) o tenemos los herederos que escriturar e inmatricular previamente?.
Las gestiones se tienen que hacer obligatoriamente en notaria de la demarcación donde radican los bienes?..Navalmoral de la Mata (Cáceres)
Muchas gracias, un saludo.
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