Fuerza mayor por Estado de Alarma
Hola,
Tengo una consulta de rabiosa actualidad.
Firmé un contrato se compraventa de vivienda en el que se indicaba que se escrituraria la compra antes de cierta fecha del mes de marzo. Teniendo ya cita con la notaria, veo como las limitaciones al movimiento individual establecidas en el Estado de Alarma que estamos viviendo van a impedir escriturar la vivienda en ese plazo.
En otro apartado del contrato se especificaba que las cantidades aportadas previamente por el comprador se las quedaría el vendedor en caso de que la razón de no escriturar en fecha fuera imputable al comprador.
Dado que el Estado de Alarma no es algo imputable al comprador y que no se va a poder cumplir con la fecha establecida, ¿se podría resolver el contrato solicitando el comprador la devolución de las entregas realizadas?
Mil gracias
Consulta jurídica de Inmobiliario: Compra/Venta (Civil) en Madrid (Madrid)
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