Dudas sobre horarios de trabajo
Me acabo de dar cuenta de que hago 48 horas semanales, trabajo en hostelería en mi contrato pone ayudante de cocina 40 horas semanales de lunes a domingo. de lunes a viernes hago 40H (8H diarias) por que las 8 horas del sábado no me las "estan pagando" o mejor dicho no las estoy cotizando? Puedo decirle al empresario que los días sábados me los tiene que pagar a parte? a parte de eso me debian dos días libres que tuve que ir a trabajar a petición del empresario y que eran recuperables los cuales los tome el 1 y 2 de julio estos dos días que me tome libre entran dentro de las 40 horas semanales? o tengo que recuperarlas es decir al no haber ido a trabajar el dia 1 y 2 esas 16 horas no cuentan como dia De trabajo o si?
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Respuestas
Estimada Estefanía la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de 40 horas semanales de trabajo efectivo. Si bien, pueden establecerse duraciones distintas a la jornada semanal de modo que si trabajas unas semanas más horas y otras menos debe tenerse en cuenta que el cómputo anual no se sobrepase del máximo legal de horas o inferior al pactado. Esta distribución irregular del tiempo tiene que ser acordada por convenio colectivo o mediante contrato que desconozco en tú caso que es lo que han acordado. No obstante si no está la administración cumpliendo con lo establecido puedes reclamar al CMAC y si no llegan a acuerdo continuar la vía judicial con asistencia letrada.
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