Bienes gananciales

Consulta de Adrian realizada el 04 de diciembre del 2019

Hace dos años compre un piso a mi nombre y con una hipoteca.
Me voy a casar con bienes gananciales, en caso de divorcio ¿que ocurriria con la vivienda?
Seria la vivienda familiar

Consulta jurídica de Divorcios (Civil) en Sevilla (Sevilla)

Respuestas

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Respuesta de Agustin el 04 de diciembre del 2019

Sería un bien privativo, pero al constituir domicilio conyugal, y una unidad familiar, al tener una hipoteca sobre la vivienda, su futura esposa tendría un derecho de crédito en el supuesto caso de que hiciera frente al pago de la hipoteca. Y además, tendría un derecho de uso y disfrute de la vivienda si se divorciaran. Y si tuvierais hijos, y su mujer solicitara la atribución del domicilio conyugal en caso de divorcio, podría tener una sentencia favorable para estar con los hijos de ambos.

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Respuesta de Rebeca el 05 de diciembre del 2019

estimado cliente, al ser un bien adquirido antes de contraer matrimonio, lo define como un bien propio que no asumiría el concepto de unidad familiar, ni formaría parte de los bienes gananciales en caso de divorcio. Otra cosa es que ella empiece a aportar en el pago de la hipoteca que le daría un derecho de crédito que podría reclamar en caso de divorcio y si tiene descendientes y fallece sus heredarían el dominio y ella el uso y disfrute y en caso de divorcio el uso y disfrute junto con sus hijos por haber sido el domicilio familiar conyugal.

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Respuesta de María José el 05 de febrero del 2020

Buenos días:
En relación a qué ocurre con la vivienda, como cualquier bien que adquiera antes de casarse, es privativo. Pero al ser la vivienda familiar, y tener como régimen del matrimonio el de gananciales, en caso de divorcio, el otro cónyuge puede tener un porcentaje en la vivienda.
Si por ejemplo la vivienda le costó 100.000.- euros y usted ha pagado antes del matrimonio unos 30.000.- euros, y durante el matrimonio se paga el resto, pues usted tiene un 30% que es privativo y el 70% es ganancial, o sea su cónyuge tiene un 35% de la vivienda en el momento del divorcio (esperemos que no). En el supuesto de que no se haya pagado la totalidad, habría que hacer una regla de tres para ver el porcentaje que le corresponde a su cónyuge.
Si hubiera hijos menores en el momento del divorcio y el otro progenitor obtuviera una custodia exclusiva, podría ocurrir que se le atribuyera el uso del domicilio familiar.
En nuestro despacho, me encargo de los asuntos de Familia, por lo que puedo darle un asesoramiento detallado.
Puede contactarnos para tratar su asunto en profundidad, pues la primera consulta en el despacho es gratuita y le facilitamos un presupuesto detallado y cerrado de nuestros servicios.

Saludos

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