Antigüedad y baja laboral
Estuve de baja 8 meses en la empresa por IT. Trabajo en una residencia de 3 a edad privada. En los 8 meses que he estado de baja han dejado de pagarme la antiguedad. Es correcto? Tampoco me han pagado la paga extra. Y ahora que ya he impesado el trabajo y he cumplido los 9 años, me pagan solo 2 trieños. Queria saber porque? Ya que la sefa me da las largas. Gracias
Consulta jurídica de Laboral: Bajas (Laboral) en Madrid (Madrid)
Respuestas
Estimada Dorina,
En cuanto a la antigüedad es necesario revisar su Convenio Colectivo para darle una respuesta, pues se trata de un complemento salarial que cada convenio regula de una manera. En cuanto al salario durante la IT le comento: La empresa pagará su salario hasta el día 15 de la baja, y a partir de entonces se hará cargo en INSS o la Mutua. En cuanto a la paga extra que reclama, le explico el desglose de pagos que le corresponden durante la IT. Usted deberá cobrar a partir del 4º día el 60% de su base reguladora, y a partir del 21º día el 75% de la misma, porcentajes que podrían ser mejorados por el Convenio Colectivo. El cómputo de las prestaciones se hará siempre teniendo en cuenta la base reguladora inmediatamente anterior a la IT. E problema es que la prestación no aparece desglosada, pero las pagas extras se las tienen que estar pagando incluidas en esa prestación que recibe, pues la Seguridad Social las incluye como parte de esa base reguladora. Divida la base entre 30 días si el salario es mensual y multiplique por los días de baja, verá que le da correctamente. SI quiere háganos llegar su convenio regulador y contrato y lo miramos con más detalle.
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