Aceptación de herencia
Si hace 3 años que se ha muerto una persona y no se ha aceptado su herencia ¿Tiene algún coste aceptarla?.
Si hay posibilidad de vender alguna propiedad ¿se puede hacer con documento privado?
¿Es válido?
Consulta jurídica de Herencias (Civil) en Leon (León)
Respuestas
Buenos días. La herencia hay que declararla a efectos del impuesto de sucesiones dentro del plazo de 6 meses del fallecimiento dell causante de la herencia. El impuesto prescribe a los 4 años y medio. Si durante ese período acepta la herencia, tendrá que pagar, además de la cuota del impuesto, la correspondiente sanción e intereses, siempre y cuando dicho impuesto no esté bonoficado o suprimmido en su Comunidad Autónoma.
En cuanto a la venta de un inmueble, ésta ha de hacerse siempre en escritura notarial. Y si el que vende es un heredero que no ha aceptado previamente la herencia, el comprador no va a poder inscribir la compra a su n0ombre en el registro de la propiedad, por lo que probablemente ni la vaya a comprar.
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