Permiso retribuido por visita ginecológica
Buenas tardes
Estoy embarazada de 7 meses, me gustaría saber si las visitas a las revisiones del ginecólogo se tratan como permiso retribuido o no retribuido, siempre debidamente justificados
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Respuestas
Estimada Beatriz el articulo 37, apartado 3, letra f), del Estatuto de los Trabajadores, enumera, dentro de los permisos retribuidos, uno “por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo”. Es decir, nuestra legislación justifica el permiso no solo en exámenes prenatales, sino también en técnicas de preparación al parto.
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