Pago impuestos en la cesión de derechos de una vivienda

Consulta de Sandra realizada el 21 de noviembre del 2019

Mi pareja y yo (no estamos casados) vamos a firmar el contrato de adhesión a una Coperativa para comprar más adelante una VPPL (Comunidad de Madrid).
En este contrato de adhesión estamos ambos al 50% y nos gustaría constar uno al 75% y otro al 25%.
Más adelante, cuando se firme el contrato de adjudicación nos gustaría cambiar en ese momento el contrato a un 50% cada uno.
¿El cambio de porcentajes de un contrato a otro supondría el pago de impuestos? ¿Qué porcentaje sería? ¿A qué cantidad se aplicaría ese porcentaje, al total de la vivienda o a lo aportado hasta el momento?

Consulta jurídica de Fiscal (Fiscal) en Madrid (Madrid)

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