Indemnizacion
Hola,
Me pueden decir si una indemnización por daños y perjuicios de incumplimiento de contrato laboral está exenta de tributar en la renta?
saludos
Consulta jurídica de Laboral: Conflictos (Laboral) en Sevilla (Sevilla)
Respuestas
Buenos días Miguel,
La indemnizaciones laborales, por norma general, están exentas de tributación en el IRPF:
"Con la reforma laboral de 2012 desarrollada por la Ley 3/2012 de 6 de julio, la Ley sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) se ve modificada en su Art. 7 ,LIRPF, en lo relativo a las rentas exentas, concretamente la letra e) referente a las indemnizaciones laborales que quedarán exentas del impuesto: e) Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, en su normativa de desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de sentencias, sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato."
Desconozco la razón del incumplimiento del contrato laboral en tu caso, pero, seguramente, esté dentro de esa exención. Si necesitas una mayor aclaración no dudes en contactarnos de nuevo.
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