Es seguro comprar un terreno en un suelo no urbano especialmente protegido

Consulta de Lorena realizada el 01 de octubre del 2019

Hola buenas,

Nos ha surgido una finca en el campo que cuyo terreno consta como suelo no urbano especialmente protegido, la nota simple que nos ha dado la propietaria consta como una parcela con una vivienda de tantos dormitorios tantas naves etc etc
Se encuentra en los sotos historicos de Aranjuez en una zona que pertenece a patrimonio; en la finca se paga IBI tiene acometida de agua de canal y te puedes empadronar y también tiene correo.
Mi duda es hasta que punto esa compra es segura o si un día si cambia algo podrían echarnos de allí?
Estamos algo indecisos porque no sabemos hasta qué punto es legal vivir allí O si podrían echarnos
En catastro consta como nave industrial en la nota simple pone que se encuentra fuera de ordenación.

Les agradecería que me asesorasen un poco
Muchas gracias

Consulta jurídica de Inmobiliario: Compra/Venta (Administrativo) en Aranjuez (Madrid)

Respuestas

Imagen de Alejandra
Respuesta de Alejandra el 02 de octubre del 2019

Estimada Lorena,

Para saber si puede construir una vivienda en suelo no urbanizable o rústico, habría que revisar la ley de la Comunidad Autónoma del inmueble, y en caso de no existir, acudir a la ley estatal. Como principio general, NO se puede construir en suelo rústico, pero hay excepciones. Habitualmente se contempla un pequeño espacio para poder construir, pero será necesario cumplir con ciertos requisitos para construir una vivienda residencial. Habría que revisar por tanto, el planeamiento urbanístico municipal, la normativa autonómica, e incluso se podría pedir una cédula urbanística en el ayuntamiento. Comentarle que en cualquier caso al tratarse de suelo rural, si finalmente tiene permitido la construcción, ésta siempre será con limitaciones: deberán ser construcciones que se armonicen con el entorno, tendrá un máximo de metro para la vivienda y se le requerirá un mínimo de metros de parcela para poder construirla, en este caso al ser suelo especialmente protegido podrían exigirle 3 hectáreas de parcela para construir un máximo del 2% de la misma. Y tendrá que ser de máximo 2 plantas y 8 metros y medio de altura. En cualquier caso si necesita asesoramiento más en detalle habría que estudiarlo con detenimiento. Le adjuntamos presupuesto para hacer un estudio y poder ofrecerle una solución.

Imagen de FERNANDO M.ª JIMÉNEZ ORTIZ
Respuesta de FERNANDO M.ª JIMÉNEZ ORTIZ el 04 de octubre del 2019

La consulta que hace es un poco compleja, pues dice que en la nota registral aparece como vivieneda, por un lado, y, por otro, como nave industrial en catastro. Desde mi punto de vista, lo primero que habría que ver es cuanto tiempo lleva realizada la obra e inscrita en el registro. Si está escriturada y registrada, se supone que consta el certificado final de obra, expedido por el/los facultativo/s competente/s. Por otro lado, habrá que saber cual es el grado de proteccion que tiene la finca, su superficie y consultar las normas de planeamiento vigentes (especialmente las normas autonomica y local) y saber cual es el grado de proteccion y de edificabilidad,asi como saber qué tipo de construcciones se permiten. La respuesta final no es fácil sin conocer esos datos. Para poder dar una respuesta defintitiva hay que conocer, al menos esos datos y cuantos se pudierann derivar de los que sean publicos. Puede contacra con este despacho. esos datos

Imagen de Julio
Respuesta de Julio el 04 de octubre del 2019

En suelo rústico protegido no se debe construir vivienda. En todo caso una casa de aperos, o algo por el estilo. Cuidado con lo que se adquiere porque lo podrían demoler y además no prescribe ese tipo de irregularidades. En todo caso sin ver ninguna documentación es muy atrevido dar mas opinión que la ya comentada. Si quiere haganos llegar la documentación y le emitimos un informe sobre los riesgos de adquirir en este tipo de zonas.

Inicia sesión para responder

Si aún no estás registrado

Registro como abogado
Registro como abogado
Para abogados que quieren hacer marketing jurídico y promocionar su CV digital (Obligatorio tener número de colegiado en al menos un Colegio de Abogados de España)
Registro como bufete
Registro como bufete
Para bufetes de abogados con uno o varios abogados especialistas con nombre comercial, se recomienda tener página web y logo. Se pueden añadir tantos abogados como se desee.
Joomla SEF URLs by Artio