Documentación bebé nacido en España

Consulta de Mylena realizada el 14 de febrero del 2019

Hola buenas quería saber si mi bebé tiene derecho de tener la documentación española por haber nacido aquí, yo soy brasileña y tengo un papel donde dice que ella todavía no está resistrada como brasileña pero , en medio hay el apellido del papa y el es de Ecuador y no tenemos nada que ver con el , no me da nada y tenemos una orden de alejamiento contra él no sabemos nada de él .. que hacemos mi bebé ya tiene 7 meses y todavía no tiene la nacionalidad

Consulta jurídica de Civil en Málaga

Respuestas

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Respuesta de JAVIER el 16 de febrero del 2019

En conformidad con lop previsto en el artículo 17 nº 1, c) del Código civil, son españoles de origen “Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad“, por lo cual, a excepción de los supuestos de apatridia de los padres, resulta necesario precisar el alcance de las leyes extranjeras correspondientes a la nacionalidad de los progenitores conocidos respecto de la atribución de la nacionalidad de tales países a los hijos de sus nacionales nacidos en el extranjero.
Por lo tanto, no todos los menores nacidos en España van a ser españoles de origen, o por valor de simple presunción, sino que la concesión o no de la nacionalidad española dependerá de la nacionalidad de los padres y de la ley nacional de ellos. Es decir, con arreglo a la legislación española, los nacidos en España de padres extranjeros siguen la nacionalidad de sus padres.

Sin embargo, si Brasil no reconoce como Brasileño a su hijo podría intentarse la obtención de la nacionalidad.

Para estudiar su caso, seria aconsejable atenderle personalmente, si lo desea puede mandar un correo electrónico o llamar al teléfono del abogado en horario de tardes. Saludos

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Respuesta de Rebeca el 18 de febrero del 2019

Estimada Mylena El hecho de nacer en España no confiere automáticamente la nacionalidad española a los hijos de brasileños. España adopta el derecho de sangre, es decir, en un principio la nacionalidad del menor será la misma de sus padres. Por otra parte, aunque sea hijo de brasileños y viva en España, tampoco será automáticamente brasileño; para evitar que los hijos de extranjeros residentes en España sean apátridas (sin nacionalidad alguna), España concede la nacionalidad siempre que el país de origen de los padres no atribuyan automáticamente la nacionalidad, como es el caso de Brasil. Así, para que el hijo brasileño tenga la doble nacionalidad, es necesario inscribirlo antes de más nada en el Registro Civil español. Para ello, además de los documentos personales de los padres, el Consulado de Brasil expide un “certificado de no nacional”, indicando que el menor todavía no es brasileño, además del certificado de nacionalidad de los padres (declaración de matrícula consular). Una vez inscrito en el Registro Civil español y que el menor ya tenga la nacionalidad española, es la vez de solicitar la nacionalidad brasileña. Es decir, los hijos de brasileños que nacen en el extranjero solamente serán brasileños después de inscritos en el consulado brasileño. Presentados los documentos en el Consulado de Brasil, éste emitirá un certificado de nacimiento “provisional”, pero que dará derecho a expedir el pasaporte brasileño. Los padres deberán transcribir este certificado.


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Respuesta de Rebeca el 18 de febrero del 2019

Estimada Mylena con relación al padre al ser de nacionalidad ecuatoriana, tenemos a bien informarle que los hijos de ecuatorianos son ciudadanos ecuatorianos según establece la Ley de Ecuador, aquí no rige el principio de la simple presunción como si rige para los hijos de nacionalidad brasileña.

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