Diligencia de embargo

Consulta de Araceli realizada el 05 de septiembre del 2019

Me llegò un requerimiento de pago de la OPAEF con concepto "sucesiones y donaciones" del ejercicio 2015. Este mes he tenido una retenciòn en mi cuenta. Mi pregunta es si este embargo no estaría ya caducado. Gracias

Consulta jurídica de Fiscal en Sevilla (Sevilla)

Respuestas

Imagen de Alejandra
Respuesta de Alejandra el 06 de septiembre del 2019

Estimada Araceli,

El plazo de prescripción para exigir el pago de las deudas tributarias es de cuatro años. Para darle una respuesta más concisa es preciso conocer la fecha de dicha sucesión o donación.

En cualquier caso es importante tener en cuenta que el plazo de prescripción queda irrumpido por cualquier acción de la Administración tributaria que se realice con conocimiento del obligado tributario relacionado con la obligación tributaria. Por lo tanto, si usted hubiera recibido en este tiempo alguna comunicación o acción por parte de la Administración, es muy probable que ese plazo no haya prescrito.

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