Diligencia de embargo
Me llegò un requerimiento de pago de la OPAEF con concepto "sucesiones y donaciones" del ejercicio 2015. Este mes he tenido una retenciòn en mi cuenta. Mi pregunta es si este embargo no estaría ya caducado. Gracias
Consulta jurídica de Fiscal en Sevilla (Sevilla)
Consultas similares
Respuestas
Estimada Araceli,
El plazo de prescripción para exigir el pago de las deudas tributarias es de cuatro años. Para darle una respuesta más concisa es preciso conocer la fecha de dicha sucesión o donación.
En cualquier caso es importante tener en cuenta que el plazo de prescripción queda irrumpido por cualquier acción de la Administración tributaria que se realice con conocimiento del obligado tributario relacionado con la obligación tributaria. Por lo tanto, si usted hubiera recibido en este tiempo alguna comunicación o acción por parte de la Administración, es muy probable que ese plazo no haya prescrito.
Abogados en Sevilla
Rebeca Pérez Ramos
Abogada en Sevilla (Sevilla)
MARIA JIMENEZ QUINTERO
Abogada en Utrera (Sevilla)
SILVIA JIMENEZ
Abogada en Sevilla (Sevilla)
Bufetes de abogados en Sevilla
BUFETE ABOGADOS GIRALDILLO
Bufete en Sevilla (Sevilla)
ABOGADOS BABI CALZADO, S.C.
Bufete en Sevilla (Sevilla)
LBO Abogados
Bufete en Sevilla (Sevilla)
Inicia sesión para responder
Si aún no estás registrado
Para abogados que quieren hacer marketing jurídico y promocionar su CV digital (Obligatorio tener número de colegiado en al menos un Colegio de Abogados de España)
Para bufetes de abogados con uno o varios abogados especialistas con nombre comercial, se recomienda tener página web y logo. Se pueden añadir tantos abogados como se desee.