Despido improcedente por COVID-19

Consulta de Paula realizada el 27 de junio del 2020

Buenos dias
He trabajado como camarera en una empresa un mes i medio de enero hasta marzo.Despues de una semana que la empresa me hizo el contrato temporal por 6 meses ,e comunicado que estoy embarazada ,en ese tempo de un mes i medio aproximadamente. El 14 de marzo la empresa se ve obligada a cerar su actividad por causas mayores el Covid -19.Decide poner a toda la plantilla en erte menos a mi y a 2 trabajadoras mas que tambien estaban con contrato temporal.
Me pueden despedir sin avisarme con 15 dias de antetaccion?
La empresa solo me pago lo trabajado de marzo,vacacciones corespondentes por mes i medio trabajado i la indemnizaccion de despido.Yo no firme nada por que no estoy de acuerdo. Denuncie a la empresa por no ponerme en el erte los 90 dia i por aver-me despedido por estar embarazada i sin avisarme .Reclamo indemnizaccion i vacaciones corespondentes por 6 meses de contrato mas el sueldo de los 3 meses.
¿Tengo posibilidades de ganar?

Consulta jurídica de Laboral: Conflictos (Laboral) en Lleida (Lleida)

Respuestas

Imagen de LLORENÇ
Respuesta de LLORENÇ el 29 de junio del 2020

Entiendo que no pueden despedirte sin avisarte con 15 días de antelación, por lo que puedes reclamar esos 15 días de salario.

En los términos en que expone su solicitud, no tiene posibilidades de ganar. Si se le ha abonado la indemnización por despido improcedente a razón de 33 días por año efectivamente trabajado, la empresa ha cumplido su obligación. Solo proceden las vacaciones por el periodo efectivamente trabajado.

En cuanto al sueldo, solo puede cobrar por los días efectivamente trabajados.

De todo lo que expone, entiendo que solo tiene derecho a cobrar los 15 días de preaviso que no le abonaron. Tiene un año para hacerlo

Inicia sesión para responder

Si aún no estás registrado

Registro como abogado
Registro como abogado
Para abogados que quieren hacer marketing jurídico y promocionar su CV digital (Obligatorio tener número de colegiado en al menos un Colegio de Abogados de España)
Registro como bufete
Registro como bufete
Para bufetes de abogados con uno o varios abogados especialistas con nombre comercial, se recomienda tener página web y logo. Se pueden añadir tantos abogados como se desee.
Joomla SEF URLs by Artio