Cobro de antigüedad con distintos contratos

Consulta de Vanesa realizada el 02 de septiembre del 2019

Entré a trabajar en una empresa en septiembre de 2010, fui empalmando contratos hasta julio de 2014, me despidieron en agosto y estando la presa cerrada (con finiquito) y me contrataron otra vez el 1 de septiembre de 2014 haciéndome indefinida. Sigo trabajando con ellos actualmente. Durante ese mes de agosto no trabajé en otro sitio ya q estaba de vacaciones (demostrable con vida laboral) Mi pregunta es si, según el art. del convenio regulador que adjunto : Artículo 60. Cómputo de la antigüedad.
La fecha inicial al cómputo de antigüedad será la de ingreso del trabajador en la
Empresa. ¿La empresa debería pagarme antigüedad desde el 2010 o solo desde el 2014? Porque realmente mi incorporación fue en 2010, no he trabajado en otro sitio desde entonces y fueron ellos quien me despidieron ese mes estando de vacaciones. Gracias

Consulta jurídica de Laboral en Madrid (Madrid)

Respuestas

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Respuesta de Julio el 03 de septiembre del 2019

Podemos hacerl un informe si nos envia datos mas concretos. Y copia de su contrato de trabajo, para poder reclamar en su caso

Imagen de Alejandra
Respuesta de Alejandra el 05 de septiembre del 2019

Estimada Vanesa,

Según jurisprudencia, deberá tenerse en cuenta la totalidad de los servicios prestados a la empresa para poder determinar la antigüedad del trabajador, y para poder computar la indemnización en caso de despido .

Por lo tanto, en su caso su antigüedad se debe calcular desde la fecha de inicio del primer contrato, esto es, en el año 2010.

Si deseara que la empresa le reconociera su antigüedad, sería recomendable iniciar un procedimiento judicial de reconocimiento del derecho. Para ello, conserve todos los contratos.

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