Cancelar arrendamiento de vivienda

Consulta de María Dolores realizada el 25 de octubre del 2019

Soy arrendadora y alquile mi piso en mayo 2019. Duración 1 año y con prórroga tácitamente periodos anuales hasta 5 años.
Mi inquilino me da muchos problemas y mi pregunta es:
¿Puedo cancelar el contrato al año? ¿Con cuanto tiempo debo avisar al inquilino?
Gracias

Consulta jurídica de Arrendamientos (Civil) en Albacete (Albacete)

Respuestas

Imagen de Esperanza
Respuesta de Esperanza el 28 de octubre del 2019

Las causas para poder cancelar el contrato son: o por incumplimiento del arrendatario (Impagos principalmente, actividades molestas que puedan probarse) o porque puedas justificar que necesitas el piso para tí o alguien de tu familia, y que efectivamente entre a vivir en él, siempre y cuando haya transcurrido el primer año de arrendamiento y medie un preaviso de al menos 2 meses, si no pone otra cosa en el contrato firmado.

Imagen de Julio
Respuesta de Julio el 28 de octubre del 2019

Es necesario conocer el texto del contrato, pero a priori debe respetar la duración mínima del contrato, dependiendo del año en que comenzara el alquiler. Solo si necesita para si o un familiar cercano la casa podrá pedir la recuperación, pero luego estará obligado a ocuparla en un plazo breve. En cualquier caso si nos hace llegar el contrato le podemos informar con mas detalle y rigurosidad.

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