bien privativo en matrimonio ganancial

Consulta de Jorge realizada el 18 de agosto del 2019

Hola, me compré una vivienda de soltero, la cual estoy actualmente pagando, pues me queda de abonar parte de la hipoteca.
Si me caso en régimen de gananciales, ¿habría alguna manera mediante notario (por ejemplo), de registrar dicho inmueble como bien privativo? Ya que soy el único que paga las letras mensuales.
Gracias de antemano

Consulta jurídica de Civil en bilbao (Vizcaya)

Respuestas

Imagen de Alejandra
Respuesta de Alejandra el 11 de septiembre del 2019

Estimado Jorge,

En este caso se dan dos circunstancias. Si la vivienda va a ser su vivienda habitual, en ese caso la vivienda pasará a ser de la propiedad de gananciales, es decir, de su cónyuge y suya, pero con diferente cuota de titularidad, esto es, el dinero aportado previo al matrimonio es privativo, y los pagos una vez casados serán comunes. Pero usted tendrá mayor cuota que su cónyuge, tendrá la suya privativa más la mitad de la que corresponda a la sociedad de gananciales.

Sin embargo, si dicha vivienda la va a mantener como segunda vivienda, por ejemplo, una casa en la playa, ese bien se mantiene privativo, aun si el pago aplazado se satisface con dinero ganancial. En caso de divorcio, existiría un derecho de reembolso para con la sociedad de gananciales, esto es, el reintegro de esos pagos actualizados al momento de la liquidación.

Inicia sesión para responder

Si aún no estás registrado

Registro como abogado
Registro como abogado
Para abogados que quieren hacer marketing jurídico y promocionar su CV digital (Obligatorio tener número de colegiado en al menos un Colegio de Abogados de España)
Registro como bufete
Registro como bufete
Para bufetes de abogados con uno o varios abogados especialistas con nombre comercial, se recomienda tener página web y logo. Se pueden añadir tantos abogados como se desee.
Joomla SEF URLs by Artio