Accidente laboral

Consulta de Miguel Angel realizada el 23 de agosto del 2019

Salgo de trabajar y encuentro coche pinchado salgo 15:40 horas en lugar de las 15:00 horas. El coche estaba estacionado dentro de la fábrica, nada más salgo golpeo a un vehículo por detrás, mutua dice que no es accidente laboral por que se produce a las 15:40 horas, dicho accidente se produce en la misma puerta del centro de trabajo

Consulta jurídica de Laboral en Gelves (Sevilla)

Respuestas

Imagen de Alejandra
Respuesta de Alejandra el 10 de septiembre del 2019

Estimado Miguel Ángel, vamos por partes.

Según el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social tendrá consideración de accidente laboral, entre otros, los accidentes in itínere, es decir, los que sufra el trabajador al ir o al volver al trabajo.

Por otro lado, se considerará accidente laboral todo aquel producido durante el tiempo y lugar de trabajo.

Los accidentes laborales se corresponden a las personas, no a los objetos, por lo que sí usted sufrió algún daño si está considerado accidente laboral. Los daños del coche no lo serán.

En caso de haber sufrido algún daño, puede acudir a un procedimiento llamado determinación de continencias, para que el equipo de valoración del INSS emita un informe y finalmente se dicte resolución acreditando que el accidente sí es un accidente laboral en base a un parte médico. Si tampoco lo consideraran accidente laboral ya tendría que acudir a los Tribunales.

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