Cómo actuar ante una falsa acusación

Cómo actuar ante una falsa acusación de robo

Abogados para delitos de roboNo importa el ámbito en el que nos encontremos pues ya sea en el entorno familiar, en los estudios o en el ámbito laboral, la lógica y el sentido común nos dicen que efectuar una acusación falsa sobre otra persona es algo moral y éticamente reprobable.

Ante todo y sobre todo se debe saber que las denuncias falsas existen y que el porcentaje que se reflejan en los medios de comunicación no se corresponden con la realidad, si bien no todo lo que pudiera considerar una denuncia falsa una persona ajena al mundo del derecho es considerado denuncia falsa en términos estrictamente jurídicos.

Como se expresa en el artículo 456 del C.P., los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados:

  • Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.
  • Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.
  • Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara un delito leve.

Sin embargo, una acusación falsa de robo en el trabajo puede resultar especialmente grave ya que, en la mayoría de los casos, puede acabar con el despido del trabajador, el cual recibirá además una cuantía económica muy inferior a la que le correspondería, sin olvidarnos de que dejará una importante mancha en su expediente que afectará a su vida laboral futura.

Falsa acusación de robo en el trabajo

Abogados para delitos de robo y acusaciones falsasAunque se trata de una situación realmente incómoda y desagradable, lo cierto es que también es relativamente habitual que se produzcan acusaciones de robo en el trabajo cuando éstas son falsas. Los motivos pueden ser muy diversos:
En ocasiones, provienen por parte de compañeros que acusan de robo en el trabajo con la finalidad de minar la profesionalidad y prestigio de un colega y frenar así sus posibilidades de ascenso al tiempo que se favorece el posicionamiento del acusador.

En otras ocasiones, la falsa acusación de robo en el trabajo puede venir por parte de la propia empresa, como fórmula para poder justificar un despido que, además, le saldrá mucho más barato de esta manera.

Es necesario informar o recordar que acusar a una persona de haber cometido un delito a sabiendas de que no es cierto, es en sí mismo un delito que está castigado por la legislación español

Dada su importancia y gravedad, la acusación falsa de robo en el trabajo forma parte de los llamados delitos contra el honor de las personas, y más concretamente, constituye un delito de injurias y calumnias contemplado en el actual Código Penal de tal forma que, toda persona que se sienta víctima de este delito al ser acusada falsamente de robo en el trabajo, podrá recurrir a la justicia para defender su honor, castigar a los culpables y recibir la reparación que legalmente le corresponda por el daño recibido.

Si la acusación falsa de robo en la empresa se ha producido con motivo de un despido, no se deberá firmar absolutamente nada, ni finiquito, ni carta de despido ni nada de nada, hasta haber consultado a nuestro abogado.

¿El derecho a permanecer en silencio es lo mismo que solicitar un abogado?

La Constitución española establece que toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar.

Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca. Para desarrollar este derecho fundamental se aprobó la Ley Orgánica 14/1983, de 12 de diciembre, que dio nueva redacción al Art. 520.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Un poco de historia

Los derechos Miranda de un sospechoso incluyen el derecho a permanecer en silencio y el derecho a un abogado.

Miranda fue detenido y conducido por la Policía a una comisaría, donde varios testigos lo reconocieron como autor de un doble delito de rapto y violación. Sesenta y dos horas más tarde, el detenido reconoció los hechos y firmó una confesión ante los agentes de la autoridad sin la asistencia jurídica de ningún abogado. En el posterior juicio, tanto en primera instancia en la corte de Phoenix como en la apelación en el Tribunal Supremo de Arizona, se consideró que aquella prueba había sido obtenida válidamente y Miranda fue condenado a una pena de reclusión de 20 a 30 años por cada uno de los dos delitos que se le imputaron.

Fue el Supremo de los Estados Unidos quien se mostró muy tajante al analizar los hechos y dictaminó que Miranda había sido presionado para que se autoinculpara. Su sentencia, de 13 de junio de 1966, modificó el procedimiento policial para efectuar una detención, de modo que -a partir de entonces- el acusado debía ser informado adecuada y eficazmente de sus derechos y su ejercicio debía ser respetado plenamente. En ausencia de otras medidas eficaces, con este procedimiento se viene a proteger el privilegio establecido en la Quinta Enmienda de la Constitución de los EE UU (a nadie se le privará de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal).

Como curiosidad, recuerda el profesor Pérez Vaquero, Miranda fue condenado en un segundo juicio gracias a otras pruebas; salió en libertad condicional en 1972 y, cuatro años más tarde, en enero de 1976, murió apuñalado en una reyerta.

No obstante, son dos derechos separados y usted debe invocar ambos para que los dos sean efectivos. Si le dice a la policía que no desea hablar, deben dejar de interrogarlo. Pero si solo le dice a la policía que no quiere hablar, no estarán obligados a proporcionarle un abogado ni garantizarle que vaya a conseguir un abogado por su cuenta. Si le dice a la policía que quiere un abogado, la policía debe dejar de interrogarlo hasta que haya un abogado presente. No le pregunte a la policía si creen que necesita un abogado. La policía no tiene obligación de decirle y el mero hecho de preguntarles si creen que necesita un abogado no invoca su derecho a tener uno; por ende, la policía podrá seguir interrogándolo. Para asegurarse de que todos sus derechos estén protegidos, invoque su derecho a un abogado de forma explícita..

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