Herencia en vida - Fiscalidad

Consulta de Yolanda realizada el 10 de septiembre del 2019

Hola , mi madre quiere donarme su piso en vida . La idea final es venderlo para comprarme otro . Es en malaga
La pregunta es : que tiene menos gastos en todos los niveles (impuestos etc .. )y es menos complicado ?
Opción 1 : que ella lo venda a su nombre y me done el dinero .
Opción : que me done el piso, ponerlo a mi nombre y venderlo yo ..
muchas gracias !

Consulta jurídica de Fiscal en MALAGA (Málaga)

Respuestas

Imagen de Alejandra
Respuesta de Alejandra el 11 de septiembre del 2019

Estimada Yolanda,

Le explico resumidamente los impuestos a pagar en uno y otro caso. El donante tiene que declarar la donación en ambos casos en el IRPF por la diferencia entre el precio actual y el precio de adquisición del activo donado. Importante comentar que cuando se trata de dinero en favor de un familiar de primer grado no se considera ganancia ni pérdida patrimonial a efectos del IRPF del donante, por lo que no tendría obligación de declararlo. En el caso de donación de vivienda, el donante sí está obligado a declarar la donación, debiendo indicar el valor de la vivienda en el momento de la donación y en el momento de la adquisición. Si la diferencia es positiva, deberá tributar al IRPF sobre la cantidad imponible entre un 19% y un 23%. Por otro lado, el receptor de la donación deberá pagar en ambos casos el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y, en el caso de la vivienda, además, el Impuesto de Sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, es decir, la Plusvalía Municipal, que se calcula sobre el valor catastral del suelo del inmueble. Actualmente existe una bonificación del 99% en Andalucía, por lo que solo se pagaría un 1% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Habría que conocer los valores de la vivienda para poder darle una respuesta más concreta. Espero le sirvan estas líneas y cualquier otra duda me la puede comentar.

Imagen de ROCIO POSTIGO SANCHEZ - VELEZ
Respuesta de ROCIO POSTIGO SANCHEZ - VELEZ el 12 de septiembre del 2019

Si la vivienda es para venderla creo que lo fiscalmente más facil y barato es que la venda su madre y luego le done el dinero. En Andalucia existe actualmente una bonificacion en la cuota para familiares directo por lo que si el dinero donado (por la venta de la vivienda fuese de 180.000 euros por ejemplo descontando la reducción general habria que ver si puede aplicarse alguna reducción más, saldria una cuota aproximada de 280 euros.
Si el dinero que recibe es para adquirir su primera vivienda hay tambien una cantidad exenta de 120.000 0 180.000 para personas con discapacidad

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