DONACIÓN Y AMORTIZACIÓN HIPOTECA
MI HIJA CASADA EN RÉGIMEN DE GANANCIALES RECIBIÓ UNA DONACIÓN DE NOSOTROS (SUS PADRES) MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA ANTE NOTARIO, A UNA CUENTA QUE SE ABRIÓ A SU NOMBRE. MI HIJA APORTÓ 30.000 EUROS DE ESA DONACIÓN PARA UNA AMORTIZACIÓN DE LA HIPOTECA. AHORA SE VAN A DIVORCIAR Y VENDER LA CASA, MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE:UNA VEZ VENDIDA LA CASA Y REPARTIDO EL DINERO A PARTES IGUALES, LE PERTENECE A MI HIJA LLEVARSE LOS 30.000 EUROS DE DONACIÓN?
MUCHAS GRACIAS, UN SALUDO.
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Respuestas
La donación de 30.000 euros que recibió su hija es un bien privativo, y por tanto, cuando se amortiza esa hipoteca con esos 30.000 euros, la sociedad de gananciales pasa a ser deudora de su hija, de forma que cuando ésta se liquida tras el divorcio y se reparte el dinero por la venta de la casa, su hija debe de adquirir no sólo la cuantía que corresponde a la mitad del valor de la casa sino además incrementada con los 30. 000 euros que aportó en su día incluidos los intereses legales devengados desde la fecha en que se hizo tal donación.
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