Condena en costas ¿Qué es y cuándo se da?

Qué son las costas procesales

Las costas procesales o costas judiciales son los gastos que va a conllevar la tramitación de un procedimiento judicial. Concretamente, entran dentro de estos gastos los honorarios de abogado y los derechos del procurador, siempre que sea obligatorio que intervengan en el procedimiento, pues hay algunos procedimientos en los que no es necesario acudir al Juzgado con abogado y procurador.

También entrarán dentro de las costas los honorarios de los peritos, las certificaciones y documentos que se soliciten a los registros públicos, siempre que no lo solicite directamente el Juzgado, y, finalmente, serán parte de las costas procesales el coste que conlleve, en caso de que sea necesario, la publicación de edictos o anuncios en diarios oficiales.

¿Qué honorarios percibirá el abogado de la parte contraria en caso de ser condenado a costas?

La condena en costas es la condena accesoria que impone el juez a la parte totalmente vencida en un proceso o en una incidencia, de resarcir al vencedor los gastos que le ha causado el proceso.

En caso de que una persona sea condenada a costas, es decir a pagar los gastos del procedimiento, incluyendo los honorarios del abogado de la otra parte, para fijar dichos honorarios se aplicarán los baremos orientadores que cada colegio profesional establece.

¿Quién debe abonar las costas procesales?

En principio debe quedar claro que con independencia de si hay condena en costas o no en el procedimiento, cada parte deberá correr con el pago de los honorarios de su abogado, Procurador y Peritos.

Ahora bien, si la sentencia condena a la parte contraria al pago de las costas procesales, el vencedor podrá solicitar del Juzgado que se le abonen los gastos que él ha tenido que soportar en el procedimiento judicial (su abogado, su Procurador, etc.).

Joomla SEF URLs by Artio